Justicia juvenil en Andalucía: diez años de funcionamiento de la Ley Orgánica de responsabilidad penal del menor


1818

Año: 2013

Autor: García García, Juan (dir.)

Otros autores: Zaldívar Basurto, Flor ; Ortega Campos, Elena ; Fuente Sánchez, Leticia de la ; Sainz-Cantero Caparrós, Belén

Lugar de Edición: Sevilla

Editorial: Consejería de Justicia e Interior. Junta de Andalucía

Año de edición: 2013

Descripción Física: gráf.

Páginas: 115 p.

Idioma: Español

Fuente: Consejería de Justicia e Interior. Junta de Andalucía

Formato: Electrónico

Temáticas: Derecho y legislación

Descriptores: menores infractores, prevención de la delincuencia, Comunidad Autónoma de Andalucía

Resumen:

La delincuencia juvenil es actualmente uno de los fenómenos que más preocupa a las sociedades europeas y uno de los problemas criminológicos a los que internacionalmente se ha prestado una mayor atención. Las conductas criminógenas protagonizadas por jóvenes obtienen una relevancia social mayor que las realizadas por adultos, generando una percepción social adversa hacia los menores infractores. La importancia que la sociedad concede al fenómeno de la delincuencia juvenil requiere que se desarrollen respuestas efectivas que habrán de construirse sobre tres líneas de acción: prevención, medidas sancionadoras-educativas, e integración y reinserción social de los menores infractores.

La lucha contra y en prevención de la delincuencia juvenil debe ser un objetivo al que prestar atención por parte de los organismos políticos de cada país, no sólo porque afecta a una sección especialmente sensible de la población (menores pertenecientes a colectivos en riesgo de exclusión social), sino porque prevenir e intervenir hoy con los menores infractores implica, además de intentar reinsertarlos socialmente, prevenir la delincuencia adulta de mañana.

Ha transcurrido una década desde la entrada en vigor de la Ley Orgánica Reguladora de laResponsabilidad Penal de los Menores, y en este tiempo ha sufrido distintas reformas (L.O. 7/2000, L.O. 9/2000, L.O. 9/2002, L.O. 15/2003 y L.O.8/2006), promovidas con el objetivo de proveer a la nueva ley de las herramientas necesarias para adaptarse a la realidad de los menores que cometen actos delictivos penados.

En este momento, cumplidos ya diez años de implantación de la Ley de Responsabilidad Penal del Menor, se considera que ha transcurrido tiempo suficiente para que, tanto los órganos judiciales, como la sociedad, se hayan adaptado a la nueva ley, siendo un momento adecuado para reflexionar sobre lo realizado y plantear su evaluación. En este sentido, es necesario realizar una evaluación de resultados de la aplicación de la Ley de Responsabilidad Penal del Menor en Andalucía, para comprobar la adecuación de los principios y objetivos planteados en la misma (resumen sacado del propio documento).

Descargar documento









  
ASSDA