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Observatorio de la Infancia en Andalucía y Adolescencia de Andalucía
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Informe sobre la malnutrición infantil en Cataluña


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Año: 2013

Lugar de Edición: Barcelona

Editorial: Síndic de Greuges de Catalunya

Año de edición: 2013

Páginas: 30 p.

Idioma: Español

Fuente: Síndic de Greuges de Catalunya

Formato: Web

Temáticas: Pobreza y exclusión social, Salud

Descriptores: malnutrición, pobreza, crisis económica, Comunidad Autónoma de Cataluña

Resumen:

En el mes de septiembre de 2012, el Síndic de Greuges presentó en el Parlamento de Cataluña el informe extraordinario La pobreza infantil en Cataluña, que analiza desde una perspectiva multidimensional e integral este fenómeno y formula numerosas recomendaciones dirigidas a los poderes públicos a fin de combatirlo.

En el mes de mayo de 2010, el Síndic de Greuges ya había presentado en el Parlamento de Cataluña, también en la misma línea, el informe extraordinario La provisión y el acceso a los servicios de transporte y comedor escolares, en que se ponía de manifiesto la importancia de las ayudas económicas para combatir las desigualdades de acceso al servicio de comedor escolar del alumnado socialmente más desfavorecido.

Dando continuidad a este trabajo previo, y como consecuencia de la persistencia de la crisis económica, que ha agravado la precariedad de las condiciones materiales de vida de muchos niños y familias, el Síndic de Greuges decidió en el año 2013 abrir una actuación de oficio y analizar específicamente el problema de la malnutrición infantil.

Con este propósito, a lo largo de los últimos meses, esta institución ha mantenido diversas reuniones con administraciones y entidades de acción social y ha visitado diversos servicios y programas de atención a niños en situación de vulnerabilidad social, precisamente para supervisar las actuaciones que los poderes públicos están desarrollando para dar respuesta al problema de la malnutrición infantil.

En el marco de este informe, se exponen algunos de los déficits principales y diversas recomendaciones dirigidas a las diferentes administraciones implicadas.

Conviene recordar que la Convención de las Naciones Unidas sobre los derechos del niño establece el derecho del niño a gozar del nivel de salud más alto posible (art. 24.1) y de un nivel de vida adecuado a su desarrollo físico, mental, espiritual, moral y social (art. 27.1), y el deber de los estados de garantizar la plena aplicación de estos derechos, de asegurar al máximo posible la supervivencia y el desarrollo del niño (art. 6.2), y más específicamente de combatir la malnutrición infantil mediante, entre otros, el suministro de alimentos nutritivos adecuados (art. 24.2c) y programas de apoyo a las familias en el ámbito de la alimentación (art. 27.3) (resumen sacado del propio informe).

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